Aportación de prueba documental anticipada
GratuitoActualizado: 13 de octubre de 2025
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Beneficios Clave
- Garantiza la aportación de prueba documental sobrevenida.
- Modelo basado en el art. 82.5.1º LRJS.
- Sencillo, rápido y digital para tu proceso.
- Contribuye a la eficiencia del servicio público de Justicia.
Casos de Uso
- Aportar informes periciales o médicos nuevos.
- Presentar documentos de fecha posterior al proceso.
- Adjuntar comunicaciones recientes de las partes.
- Garantizar la celeridad procesal aportando anticipadamente pruebas en un litigio laboral.
Requisitos
- Conocer el número de Procedimiento y el Juzgado.
- Identificar y adjuntar la prueba documental.
- Ser la documentación de fecha posterior.
- Aportar la prueba en tiempo y forma procesal.
Instrucciones para Rellenar
Advertencias Importantes
- Adapte el contenido a las circunstancias específicas del caso.
- La presentación del escrito es responsabilidad del usuario.
- La admisión final de la prueba depende del Juez.
- Debe justificarse la imposibilidad de obtención previa.
- Verifique la vigencia de las citas legales mencionadas.
Reseñas de Usuarios
Funcionalidad de reseñas en desarrollo.
Etiquetas
JudicialesSocialMero Tramite
Detalles del Modelo
- Tipo
- Gratuito
- Creado
- 27 may 2025
- Última actualización
- 13 oct 2025
- Etiquetas
- 3 etiquetas
- Jurisdicción
- Social
- Descargas
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Marco Legal Aplicable
<p>El marco legal principal es la <strong>Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS)</strong>. El modelo se fundamenta directamente en el <strong>artículo 82.5.1º de la LRJS</strong> , que permite aportar prueba documental con posterioridad a los momentos preclusivos de demanda o contestación, siempre que los documentos sean de <em>fecha posterior</em> o no pudieran obtenerse antes de dichos momentos procesales. Además, subraya los principios de celeridad y concentración procesal que rigen la jurisdicción social. Aunque el modelo menciona una LO 1/2025, el sustento actual reside en la LRJS vigente.</p>
Leyes Relacionadas
- Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social.
- Ley de Enjuiciamiento Civil (como supletoria en lo no previsto por la LRJS).
- Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero
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