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Desistimiento consensuado
Actualizado: 12 de enero de 2026
Beneficios Clave
- Permite finalizar el litigio de forma rápida y definitiva tras alcanzar un acuerdo.
- Al estar consensuado, el Juzgado debe acordar el archivo sin condenar a costas (Art. 20.3 LEC).
- Se basa en el supuesto de satisfacción extraprocesal de la pretensión (Art. 20.3 LEC).
- Reduce la carga judicial al cerrar un litigio de mutuo acuerdo.
Casos de Uso
Cuando las partes llegan a un acuerdo transaccional o de pago de la deuda mientras el pleito está en curso.
Para terminar el procedimiento y solicitar el archivo sin riesgo de ser condenado en costas.
Cerrar un procedimiento judicial de mutuo acuerdo entre las partes.
Requisitos
- Que ambas partes (demandante y demandado) firmen conjuntamente el escrito o presten su consentimiento (tácito o expreso) al desistimiento.
- Aportar un documento (número 1) que acredite la satisfacción de lo reclamado (o el acuerdo).
- Necesidad de Abogado y Procurador.
- Conformidad de ambas partes con el desistimiento.
Descripción del Modelo
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Advertencias Importantes
La firma de la contraparte es importante para el archivo sin costas.
Adjuntar prueba de la satisfacción extraprocesal del objeto del pleito.
Desistimiento archiva sin pronunciamiento de fondo.
El desistimiento no es renuncia.
Déjese asesorar siempre por un abogado antes de presentar el escrito.
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