GRATUITO
Terminación por satisfacción extraprocesal y carencia sobrevenida
Actualizado: 19 de febrero de 2026
Beneficios Clave
- Permite la terminación del proceso por acuerdo o cumplimiento.
- Fundamentado en el Artículo 22 de la LEC.
- Finaliza el procedimiento sin imposición de costas.
- Ahorra en costas procesales al no haber pronunciamiento sobre ellas.
Casos de Uso
Pago o cumplimiento total de la pretensión por el demandado.
Acuerdo de transacción extrajudicial que anula la necesidad del proceso.
Cuando el objeto del litigio deja de existir o pierde su relevancia.
Para evitar la imposición de costas procesales cuando se resuelve el conflicto antes de sentencia.
Requisitos
- Que la satisfacción sea total y extraprocesal.
- Aportar el justificante del cumplimiento o acuerdo.
- Solicitud de terminación con mención expresa de que no hay interés legítimo.
- Conocimiento del artículo 22 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Descripción del Modelo
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Advertencias Importantes
El uso del modelo es responsabilidad exclusiva de quien lo utiliza.
Cada modelo debe ser adaptado a las circunstancias particulares del caso.
Consulte con un abogado para mayores garantías de éxito procesal.
La carencia debe ser sobrevenida, es decir, posterior al inicio del litigio.
La resolución tiene efectos de sentencia absolutoria y no permite reabrir el caso.
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