Terminación por satisfacción extraprocesal y carencia sobrevenida
GratuitoActualizado: 2 de noviembre de 2025
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Beneficios Clave
- Permite la terminación del proceso por acuerdo o cumplimiento.
- Fundamentado en el Artículo 22 de la LEC.
- Finaliza el procedimiento sin imposición de costas.
- Ahorra en costas procesales al no haber pronunciamiento sobre ellas.
Casos de Uso
- Pago o cumplimiento total de la pretensión por el demandado.
- Acuerdo de transacción extrajudicial que anula la necesidad del proceso.
- Cuando el objeto del litigio deja de existir o pierde su relevancia.
- Para evitar la imposición de costas procesales cuando se resuelve el conflicto antes de sentencia.
Requisitos
- Que la satisfacción sea total y extraprocesal.
- Aportar el justificante del cumplimiento o acuerdo.
- Solicitud de terminación con mención expresa de que no hay interés legítimo.
- Conocimiento del artículo 22 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Instrucciones para Rellenar
Advertencias Importantes
- El uso del modelo es responsabilidad exclusiva de quien lo utiliza.
- Cada modelo debe ser adaptado a las circunstancias particulares del caso.
- Consulte con un abogado para mayores garantías de éxito procesal.
- La carencia debe ser sobrevenida, es decir, posterior al inicio del litigio.
- La resolución tiene efectos de sentencia absolutoria y no permite reabrir el caso.
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Etiquetas
JudicialesCivilMero Tramite
Detalles del Modelo
- Tipo
- Gratuito
- Creado
- 27 may 2025
- Última actualización
- 2 nov 2025
- Etiquetas
- 3 etiquetas
- Jurisdicción
- Civil
- Descargas
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Marco Legal Aplicable
Leyes Relacionadas
- Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
- Constitución Española de 1978.
Información del Autor/Fuente
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